En esta sección podrá encontrar información relativa a los trámites, procedimientos y requisitos necesarios para importar vegetales y productos vegetales a la Unión Europea, independientemente del punto de entrada a través del cual se introduzcan en la UE, con el fin de garantizar que dichos productos son seguros desde el punto de vista fitosanitario.
La forma más directa de conseguir información sobre los requisitos necesarios para la importación de vegetales o productos vegetales desde un tercer país a España es ponerse en contacto con el punto por donde será introducida la mercancía.
Puede encontrar información sobre los contactos de los puntos de control en la siguiente dirección de internet:
En la consulta ha de indicarse el nombre científico del vegetal o producto vegetal, formato en el que se importará, uso al que se destinará, cantidad, envase, medio de transporte y todos los datos que considere de interés.
Los inspectores de Sanidad Vegetal responsables de inspeccionar las mercancías en el momento de la importación le informarán con todo detalle de los requisitos, documentos y gestiones necesarias que garanticen la correcta recepción de la misma y la ausencia de problemas que puedan dificultarla.
El nuevo Reglamento de Sanidad Vegetal (R(UE) 2016/2031, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales) supone la culminación del ejercicio de revisión del Régimen Fitosanitario de la UE iniciado en 2008.
Junto con el Reglamento de Controles Oficiales (R(UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre la sanidad vegetal), se aporta un enfoque más preventivo que garantizará la seguridad fitosanitaria en el territorio de la Unión, reforzando el control de las importaciones.
A fin de garantizar un nivel adecuado de seguridad fitosanitaria, para aquellos vegetales, productos vegetales y otros objetos cuya entrada está permitida en el territorio de la Unión, se les exigirá un certificado fitosanitario.
La nueva legislación es aplicable desde el 14 DE DICIEMBRE DE 2019.
Modelo rellenable para presentar la solicitud de inspección de mercancías de origen vegetal, en el puesto de control en frontera.
Este documento solo podrá presentarse cuando la aplicación CEXVEGWEB no se presente operativa.
Los controles oficiales de vegetales, productos vegetales y otros objetos que se introduzcan en la Unión procedentes de terceros países deben efectuarse en los puestos de control fronterizos (PCF) designados por los Estados miembros de conformidad con una serie de requisitos mínimos.
El Reglamento de ejecución (UE) 2019/1014 DE LA COMISIÓN de 12 de junio de 2019 establece normas detalladas sobre los requisitos mínimos para los puestos de control fronterizos, incluidos los centros de inspección, y para el formato, las categorías y las abreviaturas que se han de utilizar para elaborar listas de puestos de control fronterizos y puntos de control