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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en su labor de promoción de los productos agroalimentarios españoles, pretende contribuir a promocionar los aceites de oliva virgen extra de mayor calidad, así como para mejorar su imagen y posición en el mercado.
Aceites de producción convencional: la clasificación en dichas modalidades será llevada a cabo por el panel de catadores de aceite de oliva virgen extra del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Aceites de producción ecológica:
Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2024-2025, según los define la legislación vigente.
Cada almazara podrá concursar con una muestra de aceite de oliva virgen extra obtenido de aceitunas recolectadas en el territorio nacional, procedente de un lote homogéneo de al menos 10.000 kg.
Cuando el aceite presentado al concurso esté contenido en dos o más depósitos, éstos se muestrearán de forma conjunta para la obtención de una única muestra final. En todo caso, los depósitos deberán encontrarse en el mismo recinto.
En el caso de los aceites de producción ecológica, es requisito indispensable que los solicitantes aporten el certificado en vigor establecido en el artículo 35 del Reglamento (UE) 2018/848, emitido por la autoridad u organismo de control autorizado para el control de la producción ecológica en su Comunidad Autónoma, a cuyo control el operador haya sometido su actividad de producción ecológica. Además, deberá acreditarse mediante certificado emitido por dicha entidad de control, que el aceite de oliva virgen extra presentado a concurso es de producción ecológica, excepto si la totalidad de la producción de la almazara es ecológica, en cuyo caso será suficiente el certificado del operador.
Podrán participar en el premio las almazaras autorizadas que tengan su sede social en España.
Podrán participar en el concurso tanto aceites de oliva virgen extra de producción convencional como de producción ecológica. Los solicitantes deberán indicar en su solicitud si el aceite presentado es de producción convencional o ecológica. En caso de participar con ambos deberán presentar una solicitud para cada uno de ellos.
Las solicitudes se dirigirán al titular del Departamento Ministerial. En caso de las personas jurídicas, se presentarán por vía electrónica mediante certificado electrónico válido y compatible con la sede electrónica asociada al Departamento. En este caso, la utilización de los medios electrónicos establecidos será obligatoria para la presentación de cualesquiera solicitudes, escritos y comunicaciones por los solicitantes.
En el caso de las personas físicas, las solicitudes podrán presentarse de forma electrónica o bien mediante registro físico en la forma que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el 4 de diciembre de 2024, inclusive.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación organizará y coordinará la recogida de las muestras en las instalaciones de la entidad inscrita en el concurso y el precintado del depósito o depósitos correspondientes. Ésta podrá efectuarse por personal de las Áreas de Agricultura y Pesca en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno o por entidades acreditadas para la toma de muestras. Cada toma de muestras quedará debidamente documentada levantándose el acta correspondiente, donde deberá quedar reflejada la identificación del depósito o depósitos, su capacidad y el volumen de aceite en su interior.
Sólo se admitirán a concurso los aceites contenidos en depósitos estancos que puedan ser precintados.
Por cada aceite presentado al concurso se recogerán ocho ejemplares de muestra final de 250 ml.
Cada ejemplar de muestra deberá precintarse y llevará una etiqueta en la que figure, el nombre del concurso, un código que identifique de manera inequívoca a la almazara y la fecha de toma de muestras. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación supervisará las labores de codificación de manera que se asegure su anonimato, la integridad y la trazabilidad de las muestras que se analizan.
Serán empleados para valoración organoléptica cinco ejemplares, uno se reservará como ejemplar de seguridad y otro será entregado al participante que quedará como depositario. El ejemplar restante se utilizará para la realización de los análisis fisicoquímicos correspondientes.
El depósito o depósitos de donde se tomen las muestras quedarán precintados, una vez recogido el aceite, hasta la resolución del concurso.
La valoración organoléptica se llevará a cabo de acuerdo con la ficha de cata que figura en el anexo III de la Orden de convocatoria.
Fases de la valoración organoléptica
Informe técnico y reunión del jurado: el jefe de panel emitirá un informe técnico con las pruebas realizadas en el que figuren ordenados los cinco aceites mejor puntuados y el resultado del análisis físico-químico que será elevado a la presidencia del jurado. Posteriormente, el jurado, con base en el informe técnico, identificará las muestras mejor puntuadas con su codificación correspondiente y en base a todo lo anterior, emitirá un informe concretando el resultado de la evaluación.
La resolución, se dictará a más tardar el 24 de abril de 2025.
Los premios se entregarán en un acto convocado al efecto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.