Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

31 de marzo del 2023

Disponible en la página web del FEGA

Galería multimedia

 El importe de las ayudas será ingresado en las cuentas corrientes de los beneficiarios a lo largo del mes de abril

 Los agricultores que van a percibir estas ayudas son aquellos que figuraban en la resolución del 15 de febrero, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no han presentado alegaciones sustanciales.

 En el plazo máximo de un mes, se realizará una segunda comprobación para verificar si los agricultores que no estaban al corriente de sus obligaciones se han puesto al día y si el resultado es favorable, podrán recibir sus ayudas más adelante

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el listado definitivo de los 234.291 titulares de explotaciones agrícolas que van a recibir las ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, por un importe total de 280.836.011 euros. Estas cifras representan un 94,2% de los titulares y un 94,6% del presupuesto indicados en la resolución provisional publicada el pasado 15 de febrero. Los pagos se realizarán a lo largo del mes de abril.

 

Estas ayudas fueron aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

 

 

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA Nº Titulares de Explotaciones Superficie Total (ha) IMPORTE Total (€)
Andalucía 57.227 2.010.948 57.516.928
Aragón 23.655 1.061.323 32.968.714
Asturias 389 8.140 169.549
Baleares 2.050 73.596 1.740.758
Canarias 672 7.711 368.304
Cantabria 151 4.131 94.538
Castilla-La Mancha 44.025 2.170.691 56.810.313
Castilla y León 39.997 2.657.025 68.965.655
Cataluña 20.430 569.120 18.345.297
Extremadura 15.691 564.359 16.455.847
Galicia 2.434 63.003 1.333.120
Madrid 1.624 94.261 2.428.929
Murcia 4.519 151.824 4.761.939
Navarra 5.213 224.787 7.054.810
País Vasco 870 55.495 1.225.395
La Rioja 2.740 80.567 2.408.089
C. Valenciana 12.604 220.423 8.187.822
Total             234.291 10.017.402 280.836.011

 

La ayuda se concede a las superficies de cultivos permanentes y tierras de cultivo (exceptuados barbechos y pastos temporales) que hayan sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) en la campaña 2022. En el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, se conceden a las superficies de estos cultivos recogidas en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) a 31 de mayo de 2022.

 

Se conceden las ayudas cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros, y hasta un máximo de 300 hectáreas por beneficiario, en las que se prioriza la superficie en regadío.

En la resolución del pasado 15 de febrero, en base al número de hectáreas elegibles para esta ayuda, se estableció un importe unitario de 20,82 euros por hectárea de superficie de secano y de 52,06 euros por hectárea de superficie de regadío. El presupuesto asignado fue de 297 millones de euros, ya que se reservó una bolsa de 3 millones de euros para atender posibles alegaciones.

 

Finalizado el plazo de presentación de alegaciones a la resolución provisional, se ha establecido el grupo de beneficiarios que no presentaron objeciones que requieran un análisis detallado o no han ejercido las facultades de rechazo de la ayuda. Una vez verificado que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, se les ha concedido la ayuda. También se les ha otorgado a quienes solo alegaron la modificación de la cuenta corriente asociada.

 

La relación de los titulares de explotaciones agrícolas a los que se les concede las ayudas, junto con el número de hectáreas de secano y de regadío computadas y la cuantía a percibir está disponible en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-fertilizantes

 

Los beneficiarios que aún no hayan recibido los pagos de las ayudas directas de la PAC correspondiente a la solicitud única de la campaña 2022, y finalmente los reciban dentro el periodo ordinario para efectuar el pago a los beneficios, serán comunicados nuevamente por las comunidades autónomas al FEGA e incluidos de oficio en una nueva resolución complementaria de titulares de explotaciones agrícolas.

 

La resolución publicada en el día de hoy recoge igualmente aquellos titulares a los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al corriente de sus pagos con la Agencia Tributaria o con la Seguridad Social para que puedan regularizar su situación. En el plazo máximo de un mes, se realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado este aspecto, y aquellos que lo hayan hecho podrán recibir sus ayudas más adelante.

 

En el caso de los titulares que hayan presentado alegaciones relacionadas con aspectos de la campaña de la PAC 2022, éstas serán remitidas a las comunidades autónomas para su análisis. Posteriormente se procederá a la resolución de las mismas y, si procede, al pago de las ayudas correspondientes.

 

 

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.