Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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  • Sistema de Información Xeográfica de Parcelas Agrícolas - SIGPAC

Conociendo SIGPAC

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El Reglamento (CE) nº 1593/2000, del Consejo, de 17 de julio de 2000, que modifica el Reglamento (CEE) nº 3508/92, por el que se establece un Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC) de determinados regímenes de ayuda comunitarios, obliga a crear un Sistema Gráfico Digital de Identificación de Parcelas Agrícolas, utilizando las técnicas informáticas de Información geográfica, recomendando además, la utilización de ortoimágenes aéreas o espaciales.

Dicho reglamento, también establece que, a 1 de enero de 2005, cada Estado miembro debe disponer de una base de datos gráfica de todas las parcelas de cultivo digitalizadas, con una precisión equivalente, al menos, a una cartografía a escala 1:10.000.

Con objeto de dar cumplimiento al mandato reglamentario, en España se ha elaborado un Sistema de Información Geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC), que permite identificar geográficamente las parcelas declaradas por los agricultores en cualquier régimen de ayudas relacionado con la superficie.

El sistema consta de un mosaico de ortofotos digitales que abarcan todo el territorio nacional, sobre las que, inicialmente, se superponene los planos parcelarios de catastro de rústica, de forma que, para cada referencia concreta, el sistema proporciona automáticamente la imagen en pantalla de la parcela referenciada, permitiendo asimismo su impresión en papel.

Objetivos SIGPAC

Entre los objetivos más importantes del Proyecto SIGPAC figuran los siguientes:

  • Facilitar a los agricultores la presentación de solicitudes, mediante la producción de los soportes gráficos necesarios para las declaraciones de superficie.
  • Facilitar los controles administrativos ya que, la información digital ayudará a la Administración a identificar mejor el origen de los errores derivados de las declaraciones de los agricultores o de la grabación de los datos, y servirá de soporte documental para la resolución de casos dudosos detectados como resultado de estos controles.
  • Facilitar los controles sobre el terreno, agilizando la localización de parcelas y permitiendo la realización de "visitas rápidas " tanto en los controles clásicos como de teledetección.

Con fecha 20 de diciembre de 2014 se ha publicado el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, que atribuye al FEGA el carácter de autoridad competente, a nivel nacional, al estar facultado para la coordinación de los controles a realizar en el ámbito del sistema de gestión y control de las ayudas, así como para llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones que, en esta materia, realicen las Comunidades Autónomas, con objeto de garantizar la aplicación armonizada en el teritorio nacional de la reglamentación comunitaria

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