La flota de la UE puede faenar en aguas de terceros países en virtud de dos tipos de acuerdos:
1. Acuerdos de Asociación en el Sector Pesquero (AASP) que tienen por objeto que los países de la UE puedan pescar, en un entorno regulado y jurídicamente seguro, los recursos excedentarios en las zonas económicas exclusivas (ZEE) de una serie de terceros países. A cambio, la UE abona a los países asociados una contrapartida financiera consistente en derechos de acceso a la ZEE y apoyo financiero "sectorial" que se destina a fomentar el desarrollo de la pesca sostenible en los países asociados, potenciando su capacidad administrativa y científica.
Los AASp son uno de los pilares de la dimensión externa de la nueva Política Pesquera Común y como tales, son negociados y concluidos por la Comisión en nombre de la UE. Los acuerdos se centran también en la conservación de los recursos y la sostenibilidad medioambiental, garantizando que todos los buques de la UE estén sujetos a las mismas normas de control y transparencia. Al mismo tiempo, en los protocolos de aplicación de todos los acuerdos se incluye una cláusula relativa al respecto de los derechos humanos.
Acuerdos UE con Protocolos en vigor:
Acuerdos UE cuyos Protocolos se encuentran actualmente suspendidos:
2. Acuerdos septentrionales para la gestión conjunta e intercambio de posibilidades de pesca.
La UE mantiene este tipo de Acuerdos con:
Noruega Islas Feroe
Existe asi mismo un Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la Federación de Rusia en materia de pesca y conservación de los recursos marinos vivos en el Mar Báltico
Más información en: http://ec.europa.eu/fisheries/cfp/international/agreements/index_es.htm