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OCM

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En el marco de la reforma de la Política Pesquera Común se publicó el Reglamento 1379/2013 por el que se establece la Organización Común de Mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (OCM)

Los aspectos más relevantes de la OCM son:

• Simplificación de los procedimientos • Fortalecimiento de las organizaciones de productores. • El almacenamiento como único mecanismo de mercado posible • Mejora de la información a los consumidores • Financiación mediante el FEMP.

La nueva OCM contempla un mecanismo de almacenamiento del que pueden beneficiarse las Organizaciones de Productores (OOPP en adelante), para los productos de la pesca destinados al consumo humano, al objeto de fomentar la estabilización de mercados.

Este mecanismo pretende asegurar la transición de los anteriores mecanismos de intervención, a un nuevo planteamiento centrado en la planificación y la gestión de las actividades de producción y comercialización, que pueden desempeñar las OOPP en el marco de la nueva OCM. Por tanto esta ayuda, tal y como establece el Reglamento del FEMP, quedará eliminada a más tardar el 31 de diciembre de 2018.

La Secretaría General de Pesca publica con carácter anual en el BOE los precios de activación por especie, previo examen e las propuestas de las OOPP.

La información al consumidor añade la fecha de duración mínima y el arte de pesca con carácter obligatorio. También añade la posibilidad de incluir información voluntaria que permite incrementar el valor añadido: la fecha de captura, de desembarco, puerto de desembarco, eco-etiquetas, bandera del buque.

Asimismo, contempla una herramienta de información del mercado que recopila, analiza y difunde el conocimiento y comprensión de los aspectos económicos del mercado de los productos de la pesca y de la acuicultura, que constituirá un apoyo práctico a las organizaciones de productores y a las organizaciones interprofesionales.

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