A partir de hoy, 1 de febrero, se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC 2019, que permitirá a más de 716.000 productores presentar, hasta el próximo 30 de abril, la Solicitud Única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC), mediante la cual el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez.
El importe total de las mismas asciende a 4.954 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del 1 de diciembre.
Igual que en campañas anteriores, la Solicitud Única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.
Es importante recordar la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
Las ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el Real Decreto aprobado a finales de 2014 sobre la aplicación a partir de dicho año de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, modificado el 8 de noviembre de 2018. En esta norma se describen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la Solicitud Única.
Asimismo, para obtener más información acerca de la aplicación de la PAC, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación ha puesto a disposición de los agricultores y ganaderos las Notas técnicas actualizadas de esta nueva campaña, a las cuales se puede acceder a través de su página Web (www.mapa.es) y de la Web del FEGA (www.fega.es).
Las ayudas que se pueden solicitar en 2019 son las siguientes:
1. Regímenes de ayuda comunitarios.
- Pago básico a los agricultores ("régimen de pago básico");
- Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“pago verde”);
- Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.
- Pago del régimen para los pequeños agricultores
2. Regímenes específicos de ayudas por superficie:
- Pago específico al cultivo del algodón.
3. Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013.
- Ayuda asociada al cultivo del arroz
- Ayuda asociada a los cultivos proteicos
- Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas
- Ayuda asociada a las legumbres de calidad
- Ayuda asociada a la remolacha azucarera
- Ayuda asociada al tomate para industria
- Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas
- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
- Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
- Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
- Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación d derechos de pago básico.
- Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
- Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
SOLICITUDES DE PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL, RESERVA NACIONAL Y CESIONES DE DERECHOS
También hoy se abre el plazo de presentación de las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural incluidas en el ámbito del sistema integrado de gestión y control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas), la solicitud de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico que está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.
SIGPAC
Para facilitar la cumplimentación de la Solicitud Única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes de ayudas deben presentar la denominada “declaración gráfica”, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de todas las parcelas agrícolas de la explotación, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso al SIGPAC a través de su página Web (www.mapa.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las comunidades autónomas.
En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si se observa que los recintos no están correctamente delimitados, o si se ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a la Administración a través de la oportuna alegación. Un recinto cuya delimitación, u otra información registrada en el SIGPAC no sea veraz y coincidente con la realidad, puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.
CAMBIOS PRINCIPALES EN LA NORMATIVA
El pasado 8 de noviembre se publicó el Real Decreto que modifica la normativa vigente para las ayudas directas a partir de 2019, en el que se introducen ajustes técnicos derivados de la experiencia adquirida en años anteriores. Las modificaciones más destacables son las siguientes:
- En relación con los pastos, se introducen nuevos ajustes, en lo que se refiere a la determinación de cuándo hay actividad agraria en estas superficies, de cara a evitar posibles situaciones de abandono.
Asimismo, y dado que es obligatoria la declaración gráfica de superficies, se ha procedido a clarificar, tanto a agricultores como a la administración, quién debe proporcionar la información sobre las superficies de uso común, tanto en pastos como en otro tipo de superficies, incluyendo la aparceria.
- Se introducen mejoras técnicas en las ayudas asociadas ganaderas, para favorecer la incorporación de nuevos titulares a la actividad, en particular de jóvenes ganaderos.
- Se incluye un nuevo Anexo en el que se detallan, aunque no de forma exhaustiva, situaciones a considerar como posibles casos de creación de condiciones artificiales para el cobro de la ayuda.
MONITORIZACIÓN
En el contexto de la agenda de simplificación y modernización de la PAC, en la campaña 2019, España va a sustituir los controles sobre el terreno tradicionales, en determinadas áreas geográficas, por la monitorización de las superficies declaradas por los agricultores, presentándose así, como uno de los Estados miembros pioneros en la utilización de las nuevas tecnologías para la simplificación y mejora de los controles.
La monitorización de las parcelas consiste en la observación periódica y sistemática de la tierra, basado fundamentalmente en la utilización de las imágenes de los satélites Sentinel del Programa Copernicus. En el ámbito de las ayudas de la PAC, la alta frecuencia y resolución de estas imágenes, junto con la utilización de otras nuevas tecnologías como los drones, las fotos geo etiquetadas o la inteligencia artificial, hacen posible la comprobación automática de las condiciones de admisibilidad de la superficie de cerca del 100% de las explotaciones, logrando así constituirse, como una nueva vía de simplificación de la gestión y reducción de los costes de control de las ayudas.
De este modo, las nuevas tecnologías se presentan, como una gran oportunidad al servicio del control y gestión de las ayudas de la PAC, al poder monitorizarse la superficie declarada para las ayudas de la PAC de todos los agricultores, y no solo de un pequeño porcentaje de expedientes como ocurría hasta ahora, permitiendo un enfoque claramente preventivo que incluirá la mejora de la comunicación con los agricultores.
En concreto, en España en esta campaña 2019 se comenzarán a realizar los controles por monitorización, en las siguientes zonas geográficas:
CCAA | ZONA |
---|---|
ANDALUCÍA | Municipios de CARMONA, LEBRIJA Y LAS CABEZAS DE SAN JUAN |
ARAGÓN | Toda la Comunidad Autónoma de Aragón |
CASTILLA Y LEÓN | Secciones Agrarias Comarcales de MEDINA DEL CAMPO y VALLADOLID |
CATALUÑA | Comarcas Agrarias de: BAJO EBRO Y MONTSIÁ |
EXTREMADURA | Municipios de MEDELLÍN y SANTA AMALIA |
GALICIA | Municipio de FORCAREI |
MADRID | Municipios de BRUNETE, QUIJORNA, SEVILLA LA NUEVA Y VILLANUEVA DE PERALES |
MURCIA | Municipios de FUENTE ÁLAMO, CALASPARRA Y MORATALLA |
NAVARRA | Municipios de CIZUR, GALAR, CENDEA DE OLZA Y NOÁIN-VALLE DE ELORZ |
C. VALENCIANA | Municipios de UTIEL Y REQUENA |