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01 de diciembre del 2022

Mediante una Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública publicada en el Boletín Oficial del Estado

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 El método de estimación objetiva del IRPF contempla como novedad una reducción del rendimiento neto del 35 % en el gasóleo y del 15 % en los fertilizantes para 2022 y 2023

 Se mantienen las reducciones establecidas excepcionalmente en 2021 por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica

Los agricultores y ganaderos españoles podrán acogerse a deducciones en el rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF) por la adquisición de gasóleo agrícola y de fertilizantes, como medida excepcional para paliar los efectos del encarecimiento de los costes de producción.

 

Esta medida se contempla en la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.

 

El sistema de estimación objetiva agraria es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, al que se acogen voluntariamente cada año unos 850.000 declarantes.

 

Como principal novedad cabe destacar la adopción de medidas excepcionales para paliar el efecto producido por el precio de los insumos de explotación en las actividades agrícolas y ganaderas, que incluyen la reducción del 35%del precio de adquisición del gasóleo agrícola y del 15% del de los fertilizantes.

 

Además, se mantienen los índices correctores aplicables al rendimiento neto minorado que se aplicaron excepcionalmente en la declaración de la renta de 2021 por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica.

 

Concretamente, se mantiene el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los consumidos. El índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50.

 

También se mantiene en los niveles de 2021 el índice por uso de electricidad para el riego, con una reducción de un 25 % del rendimiento neto extensible a todos los regadíos.

 

Cabe destacar también que los agricultores y ganaderos, al igual que el resto de  contribuyentes que tributen en módulos, se beneficiarán de una reducción del rendimiento neto del 15% en 2022 y del 10% en 2023, frente al 5% en que se fija habitualmente esta reducción.

 

La orden puede consultarse en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-20025-consolidado.pdf

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