La cuantía máxima anual por explotación es de 1.500 euros
La finalidad de las ayudas es contribuir al pago de las cuotas de la Seguridad Social a las que las personas titulares se encuentren obligadas
Estas ayudas son compatibles con la bonificación en la cuota del cónyuge del titular de la explotación de titularidad compartida, que se incrementó en enero de 2023 y pasó del 30 % al 40 %
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el extracto de la convocatoria para la concesión directa de subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida para el ejercicio 2024, por un importe total de 1.795.000 euros. Podrán optar a estas subvenciones las explotaciones agrarias que se encuentren inscritas en situación de alta en el registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida del ministerio, con un mes de antelación a la fecha de publicación de este extracto de la orden de convocatoria en el BOE. Las ayudas se convocan en régimen de concesión directa y no están sujetas a la concurrencia competitiva de las personas solicitantes. La cuantía máxima anual alcanza los 1.500 euros por explotación beneficiaria. Como establecen las bases reguladoras, su finalidad es contribuir al pago de las cuotas de la Seguridad Social a las que las que se encuentran obligadas las personas titulares de las explotaciones agrarias de titularidad compartida. PLAZO DE PRESENTANCIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de la documentación requerida será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE (del 2 al 22 de mayo), a través de la sede electrónica del ministerio. El texto íntegro de la orden se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Hay disponible más información sobre estas ayudas en la página web del ministerio, en el siguiente enlace sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias. Dentro del paquete de medidas legislativas aprobadas en julio de 2022 destinadas a los trabajadores autónomos, se incluyó el aumento de la bonificación en la cuota del cónyuge del titular de la explotación agraria de titularidad compartida, que pasa del 30 % al 40 %, medida aplicable desde enero de 2023 por un periodo de cinco años y que es compatible con estas ayudas.