Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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MEDIANTE UNA ORDEN PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

30/04/2019
Tal como se recoge en la orden del Ministerio de Hacienda, se han reducido a escala nacional los módulos de cítricos, bovino de leche y apicultura
La reducción de módulos recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que ha tenido particularmente en cuenta la difícil situación por la que atraviesa el sector de los cítricos
También se establecen importantes rebajas que afectan a las principales zonas productoras de aceituna de mesa, así como a determinadas producciones hortícolas y de fruta dulce
Los agricultores que utilicen energía eléctrica para el riego podrán seguir aplicando una minoración de un 20% al rendimiento neto de los cultivos regados

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy una Orden del Ministerio de Hacienda (Orden HAC/485/2019), por la que se reducen para el periodo impositivo 2018, los módulos agrarios para los agricultores y ganaderos que hayan sufrido en dicho ejercicio circunstancias excepcionalmente desfavorables en sus explotaciones.

 

El régimen de estimación objetiva agraria (o de módulos) del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, siendo el elegido por en torno a un millón de declarantes.

Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden hoy publicada, se traducen en una disminución de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.

 

Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la renta 2018 de los agricultores y ganaderos, son las siguientes:

 

Sectores agrícolas:

 - Cítricos de 0,26 a 0,18

  Sectores ganaderos:

- Bovino de leche de 0,20 a 0,18

 - Apicultura de 0,26 a 0,18

 

La minoración del módulo de los cítricos tiene por objeto paliar la difícil coyuntura de por la que atraviesa dicho sector. Las reducciones del módulo de bovino de leche se realizan también para tener en cuenta su particular situación de mercado.

 

La decisión de reducir estos índices a nivel nacional recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que traslada la correspondiente propuesta al Ministerio de Hacienda. Una propuesta que generalmente refleja peticiones realizadas desde las comunidades autónomas afectadas.

 

Igualmente tienen reducciones importantes la aceituna de mesa en sus principales zonas productoras, así como las hortícolas y los frutales en amplias zonas.

 

Los efectos de otras adversidades climáticas sobre los cultivos en 2018, como el exceso de humedad en determinadas épocas del año o los episodios de frío que tuvieron lugar en los primeros meses del mismo, también se ven reflejados en la propuesta de reducción de módulos para aquellos municipios en que esa adversidad tuvo incidencia.

 

 

Según cálculos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos, reflejadas en la orden, puede implicar una rebaja de la base imponible aproximada de 204 millones de euros.

 

REDUCCIONES ELECTRICIDAD PARA EL RIEGO

 

Junto a las reducciones para los sectores agrícola y ganadero, recogidas en el BOE de hoy, la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.

 

Hay que destacar también la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2018 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece en su Disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2018. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva.

 

La Orden puede consultarse en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2018/04/02/pdfs/BOE-A-2018-4479.pdf

 

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