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13 de septiembre del 2022

HOY, EN CONSEJO DE MINISTROS

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Las heladas, estimadas como las más graves de los últimos 40 años, han supuesto una merma importante en el volumen habitual de fruta a manipular y conllevan pérdidas de facturación que comprometen la viabilidad de las empresas

La ayuda máxima por beneficiario será de 200.000 euros para hacer frente a los costes fijos de producción

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un real decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales de mínimis destinadas a las centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril, ocurridas el pasado mes de abril.

 

El texto legislativo recoge la concesión de subvenciones por un importe total de 12.050.000 euros en el año 2022 a las centrales de acondicionamiento que procesen fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos, y cuyos efectivos productivos se sitúen en comarcas afectadas por las heladas.

 

El objetivo principal de este real decreto es contribuir a paliar la pérdida de facturación sufrida por estas empresas al verse significativamente mermado el volumen de fruta que procesan y acondicionan, lo que dificulta la cobertura de sus costes fijos.

 

Los beneficiarios de esta subvención deberán ser empresas que sean titularidad de organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH) reconocidas con arreglo al Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, y cuya pérdida de facturación en 2022 sea superior al 30% del valor medio de producción comercializada, incluyendo las producciones de terceros (VPC).

 

El importe de las subvenciones, bajo el régimen de ayudas de mínimis, alcanzará hasta 200.000 euros por beneficiario. Se estima que las empresas potencialmente beneficiarias rondarán el centenar. Si la cuantía de la subvención por empresa excediera el límite presupuestario, se aplicará un sistema de degresividad con base en el VPC medio del último quinquenio.

 

Las ayudas aprobadas hoy serán compatibles con otras ayudas de minimis de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, siempre que la suma total de las ayudas no exceda los 200.000 euros por central frutícola dentro del ejercicio fiscal actual y en los dos anteriores. Así mismo, serán compatibles con otras subvenciones al amparo de otra regulación comunitaria siempre que la suma total de los importes no exceda el diferencial de pérdida de valor de la producción comercializada incluyendo terceros.

 

Las comunidades autónomas publicarán las convocatorias de estas ayudas en el boletín o diario oficial correspondiente, para que las empresas hagan su solicitud antes del 30 de septiembre de 2022.

 

En base a las solicitudes recibidas, el ministerio hará una propuesta de distribución territorial de las subvenciones que se aprobará en Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural antes de finalizar 2022.

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