Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Buscador principal

Detalle de Noticia

Logo Nota de prensa

18 de febrero del 2021

Jornada sobre la ley de la cadena alimentaria

Galería multimedia

José Miguel Herrero y la directora de la Agencia de Información y Control Alimentarios, Gema Hernández, han informado a los productores de Canarias sobre la ley y sus modificaciones, la última de ellas en trámite parlamentario

El director general de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero, ha participado hoy en la jornada informativa sobre la ley de la cadena alimentaria y sus sucesivas modificaciones organizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

 

Lo que se pretende, ha dicho, es que los agricultores obtengan más valor por sus producciones y que lo comercializado tenga una repercusión adecuada en la rentabilidad de las explotaciones para conseguir una cadena de valor que permita que todos los operadores vean retribuida de manera justa su labor. Todo ello en unas condiciones de competencia justa y en especial cuando las relaciones comerciales se abordan desde situaciones de desequilibrio en el poder de negociación de los diferentes operadores.  

 

El resultado será beneficioso para la sostenibilidad del sector agroalimentario y, en consecuencia, para los ciudadanos. Entre otras razones porque la ley, que estableció, entre otros aspectos, la obligatoriedad de establecer contratos por escrito para las operaciones comerciales y la prohibición de la venta a resultas e introdujo plazos de pago, ofrece seguridad jurídica y transparencia en las relaciones comerciales.

 

Herrero ha explicado que en 2020 se inició un  proceso de reforma de la ley para incorporar al ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2019/633 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario. Esta reforma se tramita en la actualidad en el Congreso de los Diputados.

 

Previamente, el Gobierno introdujo una modificación mediante el Real Decreto-Ley 5/2020, de 25 febrero, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19. Entre las modificaciones introducidas destaca:

 

-     Cada operador de la cadena alimentaria deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción. Esto es, se prohíbe la destrucción de valor.

-       Los costes de producción tienen que ser la base de la negociación de los contratos escritos; consecuentemente, se obliga a incluir en los contratos alimentarios la indicación de que el precio pactado cubre el coste efectivo de producción.

-          En la determinación del precio en cuantía variable uno de los factores a utilizar para serán los costes efectivos de producción.

-       Las actividades promocionales no pueden inducir a error sobre el precio e imagen de los productos.

 

El director general de la Industria Alimentaria también ha explicado que las entregas de los socios a las cooperativas y otras entidades asociativas, como las organizaciones de productores de plátano, no se consideran relaciones comerciales, ya que se trata de entregas para la comercialización en común y no existe venta.

 

No obstante, se contempla que las cooperativas y otras entidades asociativas tendrán que presentar contrato por escrito, salvo que sus estatutos o acuerdos prevean, antes de que se realice la entrega, el procedimiento de determinación del valor del producto entregado por sus socios y el calendario de liquidación y se asegure que los miembros lo conocen de antemano. Por tanto, deberá existir una comunicación fehaciente a los interesados, que será incluida en el acuerdo y aprobado por el órgano de gobierno correspondiente.

 

Agencia de supervisión

Por su parte, la directora de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), Gema Hernández, que también ha participado en la jornada,  ha explicado que la AICA se creó en 2014 en el marco de la ley de la cadena alimentaria para supervisar las relaciones comerciales en el sector agroalimentario y evitar desequilibrios. La actividad de control que ejerce se realiza cuando la agencia recibe una denuncia por incumplimientos o mediante inspecciones de oficio.

 

Hernández ha recordado que ya desde 2014 las relaciones comerciales deben apoyarse en contratos por escrito acordados entre comprador y vendedor que deben recoger qué producto se quiere vender y determinar cuál es el precio que el comprador va a pagar, pues el precio de la mercancía es un extremo que debe constar necesariamente en el contrato alimentario.

 

Ha aclarado, asimismo, que hay múltiples formas de determinar el precio, en función de factores como la situación del mercado o los parámetros de calidad, pero siempre teniendo en cuenta el coste efectivo de producción. Es el proveedor quien conoce cuánto cuesta producir, pero la ley no establece la obligación de que el precio cubra el coste transacción a transacción.

 

Plátano de Canarias

Ya en referencia al Plátano de Canarias, José Miguel Herrero ha manifestado que es uno de nuestros “productos bandera”, un producto de calidad, diferenciado por su origen, que le otorga unas características propias y exclusivas, lo que le ha hecho merecer de la protección que ofrece la Unión Europea a este tipo de productos, la indicación geográfica. “El esfuerzo que supone para sus productores el cumplimiento de los requisitos de su pliego de condiciones debe ser reconocido por el mercado y valorizado”, ha añadido.

 

 

 

 

 

 

Documentos

Logo Pie Nota de prensa

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones: 

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.