En el artículo 6 del Real Decreto 629/2013, de 2 agosto, por el que se regula la pesca de coral rojo, su primera venta y el procedimiento para la obtención de licencias para su pesca, se establece la obligatoriedad de que con carácter bienal se abra un procedimiento para la concesión de autorizaciones para la extracción y venta del coral rojo, que deberá ser convocado mediante Orden Ministerial.
Con el fin de abrir el periodo de concesión de autorizaciones para la extracción y venta de coral rojo se ha elaborado un proyecto de Orden Ministerial. Podrán remitir las observaciones y los comentarios que se consideren oportunos en relación a este proyecto de Orden a la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura utilizando la siguiente dirección de correo electrónico: drpesmar@magrama.es