A partir del 1 de enero de 2021, la importación de productos agroalimentarios (animales, plantas, productos de origen animal, piensos…) estará sometida a los mismos requisitos y controles sanitarios y fitosanitarios que para la importación de cualquier tercer país. Entre estos requisitos se incluyen:
Con respecto a los certificados oficiales, se deberá seguir el procedimiento ordinario de emisión de certificados fitosanitarios o veterinarios, es decir, le corresponderá al operador solicitar, a través de las aplicaciones informáticas habilitadas para ello (CEXVEG o CEXGAN), la expedición del correspondiente certificado.
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