Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Funciones de los EURLs

Conforme con el  REGLAMENTO (UE) 2017/625 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 marzo de 2017 (Artículo 94), las responsabilidades y tareas de los laboratorios europeos de referencia son:

  1. Contribuir a la mejora y armonización de los métodos de análisis, ensayo o diagnóstico que deban utilizar los laboratorios oficiales designados, y de los datos de análisis, ensayo y diagnóstico generados por dichos métodos; organizando periódicamente ensayos interlaboratorios comparados o ensayos de aptitud periódicos y velando por el seguimiento adecuado de dichos ensayos.
  2. Proporcionar a los laboratorios nacionales de referencia la descripción y orientación de los métodos de análisis, ensayo o diagnóstico de laboratorio, incluidos los métodos de referencia; así como los materiales de referencia.
  3. Coordinar las disposiciones prácticas necesarias para aplicar nuevos métodos de análisis, ensayo o diagnóstico de laboratorio, e informar a los laboratorios nacionales de referencia de los avances en este campo. Cooperar entre sí y con la Comisión, según corresponda, para desarrollar métodos de análisis, ensayo o diagnóstico que cumplan normas exigentes.
  4. Impartir cursos de formación para el personal de los laboratorios nacionales de referencia y, en caso necesario, de otros laboratorios oficiales, así como para expertos de terceros países.
  5. Proporcionar asistencia científica y técnica a la Comisión en el ámbito de su misión.
  6. Informar a los laboratorios nacionales de referencia sobre las actividades pertinentes de investigación realizadas a escala nacional, de la Unión e internacional.
  7. Colaborar en el ámbito de su misión con los laboratorios situados en terceros países y con EFSA, EMA y ECDC.
  8. Contribuir activamente al diagnóstico de los brotes en los Estados miembros de enfermedades de los animales, mediante la realización de estudios de diagnóstico de confirmación, de caracterización y epizoóticos o taxonómicos con cepas de patógenos aislados.
  9. Coordinar o realizar ensayos para comprobar la calidad de los reactivos y lotes de reactivos utilizados para el diagnóstico de las enfermedades de los animales.
  10. Establecer y mantener colecciones de referencia de agentes patógenos.
  11. Establecer y mantener listas actualizadas de sustancias y reactivos de referencia disponibles y de fabricantes y proveedores de dichas sustancias y reactivos.
  12. Publicar la lista de los laboratorios nacionales de referencia designados por los Estados miembros.

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