El Convenio Europeo del Paisaje (CEP) es el único tratado internacional en esta materia. Fue aprobado en Florencia en octubre del año 2000 y entró en vigor en España el 1 de Marzo de 2008. El CEP define el paisaje como “cualquier parte del territorio tal como la percibe la población, y cuyo carácter es el resultado de la interacción de factores naturales o/y humanos”.
Textualmente, el CEP establece que “el paisaje, como síntesis de las características de un determinado medio físico y de la acción humana sobre él a lo largo del tiempo, refleja la superposición de los diversos modelos culturales, ecológicos y económicos en el espacio…El paisaje es un elemento esencial para el bienestar individual y social, cuya protección, gestión y planeamiento comportan derechos y deberes para todos”
La equiparación del paisaje con toda unidad de territorio, independiente de su calidad estética (noción coloquial de paisaje), aporta al concepto de territorio el elemento imprescindible de la percepción humana, individual y social. Este énfasis en el paisaje ordinario implica el tratamiento de temas como la restauración y creación de paisajes, y la consideración transnacional del paisaje a escala europea.
El CEP está orientado a la protección, gestión y ordenación de los paisajes, desde una posición no limitativa de la actividad económica, y destacando su papel como oportunidad para diferentes políticas y actividades a partir de dos ideas: el paisaje como factor de calidad de vida en todo el territorio, y como integrante de la identidad cultural. El paisaje se presenta, además, como un elemento clave de intervención en la gobernanza del territorio; en especial por contribuir a preservar los valores patrimoniales (naturales y culturales) y por dotar de mayor coherencia a las políticas que actúan en el territorio.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, asume la responsabilidad del seguimiento internacional del convenio, así como las tareas de información sobre el estado de la materia en España, la difusión de los principios y objetivos del convenio, la cooperación con las Comunidades Autónomas competentes para la aplicación del mismo en sus territorios, y la introducción en las políticas propias del Ministerio de la filosofía y los criterios relativos a los paisajes.
Para su desarrollo, el Consejo de Europa ha creado un Comité de Patrimonio Cultural y Paisaje (CDPATEP), que opera a través de varios mecanismos: las Conferencias de las Partes; los Talleres; el Premio Europeo del Paisaje; y el portal web con información sobre diferentes aspectos relacionados con el CEP (http://www.coe.int/t/dg4/cultureheritage/Conventions/Landscape/)
El Consejo de Europa ha remitido la Resolución por la que se establecen las bases de la convocatoria del Premio Europeo del Paisaje adoptada por el Comité de Ministros el 20 de febrero de 2008, con el objeto de que cada Estado, a través de los Departamentos ministeriales correspondientes, establezca el procedimiento para presentar una candidatura al premio por cada país, antes del 30 de enero de 2017.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto del Patrimonio Cultural de España, asume este año la responsabilidad de la gestión en España con la colaboración del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con quién comparte la representación en la Conferencia de las Partes sobre el Convenio del Paisaje del Consejo de Europa, y tiene el placer de transmitir esta convocatoria de gran interés para el impulso de la aplicación del Convenio a escala europea.
La fecha límite de recepción de candidaturas será el 15 de noviembre de 2016, según el procedimiento establecido en las bases adjuntas.