El Convenio, fraguado a partir de mediados de los años 90, se elaboró en el seno del Consejo de Europa y se concluyó en el año 2000 en la ciudad de Florencia.
El propósito general del Convenio es animar a las autoridades públicas a adoptar políticas y medidas a escala local, regional, nacional e internacional para proteger, planificar y gestionar los paisajes europeos con vistas a conservar y mejorar su calidad y llevar al público, a las instituciones y a las autoridades locales y regionales a reconocer el valor y la importancia del paisaje y a tomar parte en las decisiones públicas relativas al mismo.
El Convenio reconoce todas las formas de los paisajes europeos, naturales, rurales, urbanos y periurbanos, y tanto los emblemáticos como los ordinarios. Concierne a los componentes naturales, culturales y humanizados y a sus interconexiones. El Convenio considera que los valores naturales y culturales ligados a la diversidad y calidad de los paisajes europeos suponen un deber para los países europeos de trabajar colectivamente en su protección, planificación y gestión.
El Convenio Europeo del Paisaje compromete a tomar medidas generales de reconocimiento de los paisajes; de definición y caracterización; de aplicación de políticas para su protección y gestión; de participación pública y de integración de los paisajes en las políticas de ordenación del territorio, así como en las políticas económicas, sociales, culturales y ambientales. También sobre la sensibilización ciudadana, la educación y la formación de expertos.
El Convenio Europeo del Paisaje entró en vigor el 1 de marzo de 2004, el primer día después de haber expirado un período de tres meses tras la fecha en la que diez Estados miembros del Consejo de Europa expresaran su consentimiento de vincularse a él.
España ha ratificado el citado Convenio el 26 de noviembre de 2007 ( BOE de 5/02/2008). Está en vigor en nuestro país desde el 1º de marzo de 2008
Texto íntegro del Convenio Europeo del Paisaje:
En la 1017ª reunión de los representantes de los Ministros (Ministers' Deputies), celebrada el 6 de febrero de 2008, fue adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa la Recomendación del Comité de Ministros a los Estados miembro sobre las Orientaciones para la aplicación del Convenio Europeo del Paisaje (CE/REC(2008)3).
Texto íntegro en castellano de las Orientaciones para la aplicación del CEP.
El Ministerio, con la colaboración de los Departamentos correspondientes de la Generalitat de Cataluña, el Gobierno Vasco, la Xunta de Galicia y la Generalitat Valenciana, ha elaborado la publicación "Convenio Europeo del Paisaje CEP Textos y Comentarios" para contribuir a la difusión y divulgación de su contenido en nuestro país y servir de apoyo a las instituciones que están ya impulsando políticas de paisaje en sus territorios.