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El 14 de diciembre de 2019 entraron en vigor el Reglamento (UE) 2016/2031 sobre medidas de protección contra las plagas de los vegetales, y el Reglamento (UE) 2017/625 relativo a los controles y otras actividades oficiales, donde se incluye por primera vez la sanidad vegetal en el marco del reglamento europeo de controles oficiales con el objeto de mejorar y garantizar los controles oficiales en materia de sanidad vegetal. Ambos reglamentos constituyen la base del actual régimen fitosanitario de la UE, vigente desde 1977 y revisado en su totalidad por la Comisión Europea en mayo de 2013.
Estas normas han tenido por objetivo modernizar el régimen fitosanitario, mejorando las medidas más efectivas para la protección del territorio de la Unión, y apuntan a garantizar un comercio seguro, así como a mitigar los impactos del cambio climático en la salud de nuestros cultivos y bosques.
El Reglamento (UE) 2016/2031 se complementa con otros Reglamentos, que desarrollan contenidos específicos del mismo y que son adoptados mediante actos delegados y de ejecución para garantizar la correcta aplicación de la legislación en todos los Estados miembros de la UE.
En la actualidad se han publicado los siguientes:
Además de la legislación anterior, se mantienen los Reglamentos de ejecución de la Comisión sobre medidas para evitar la introducción y la propagación frente a plagas concretas y otra legislación complementaria
Se han establecido cuatro Reglamentos de Ejecución por los que se establecen medidas para erradicar y prevenir la propagación de Clavibacter sepedonicus, Ralstonia solanacearum, Synchytrium endobioticum, Globodera pallida y Globodera rostochiensis.
De igual manera, se han elaborado Planes Nacionales de Contingencia en relación a estas enfermedades que afectan al cultivo de la patata.