Debido a las especiales características del territorio canario en el ámbito fitosanitario es necesaria una regulación fitosanitaria propia, que proteja las producciones agrícolas y preserve la biodiversidad de las islas Canarias.
Conforme a estas características se instituyó la Orden de 12 de marzo de 1987 que establece para las islas canarias las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y productos vegetales.
En dicha Orden se recogen los vegetales y los productos vegetales regulados cuya introducción está prohibida y aquellos que deben ser examinados obligatoriamente a la entrada del territorio de las islas Canarias.
En el anejo VIII de la Orden se determinan los puntos de entrada autorizados en las islas Canarias:
a) Aduanas aéreas: El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Palma, Lanzarote, Tenerife
b) Aduanas marítimas: El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, Las Palmas de Gran Canarias, Lanzarote, Santa Cruz de La Palma, Santa Cruz de Tenerife.
En esta sección podrá encontrar información relativa a los trámites, procedimientos y requisitos necesarios para importar vegetales, productos vegetales y otros objetos a las Islas Canarias.