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La enfermedad hemorrágica del conejo (EHC) es una enfermedad aguda, fatal y muy contagiosa del conejo europeo (Oryctolagus cuniculus), causada por un calicivirus (género Lagovirus)
Enfermedad de declaración obligatoria (Real Decreto 779/2023), (ver infografía)
El periodo de incubación varía entre 1 y 3 días
LNR: Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.
El RD1547/2004 establece las normas básicas por las que se regula la aplicación de medidas de ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones cunícolas, incluidas las condiciones mínimas de ubicación, registro, infraestructura zootécnica, sanitaria y de equipamientos que permitan un eficaz y correcto desarrollo de la actividad ganadera en el sector cunícola dentro del territorio nacional, conforme a la normativa vigente en materia de higiene, sanidad animal, identificación y registro, bienestar de los animales y medio ambiente.
Obtención de calificación de las explotaciones:
Mantenimiento de la calificación de las explotaciones:
Actuaciones en explotaciones en las que se ha detectado la enfermedad:
Con objeto de concretar las actuaciones a realizar en caso de aparición de enfermedad y la consecuente pérdida de calificación de la explotación, así como su recuperación, se ha publicado la siguiente nota informativa
Durante el otoño del año 2011, en explotaciones industriales de Navarra, Aragón y Cataluña, se dieron los primeros casos en España de la nueva variante de virus de la Enfermedad Hemorrágica del Conejo (EHC), que había sido detectada en años anteriores en otros países europeos. Durante 2012 y 2013 se detectó esta nueva variante en varias Comunidades Autónomas.
En octubre de 2013 se puso en marcha el Plan Nacional de Vigilancia de la EHC con el fin de conocer en profundidad la situación epidemiológica respecto a dicha enfermedad, más en concreto sobre la nueva variante, y verificar la hipótesis de que la vacuna comercializada hasta la fecha no proporcionaba inmunidad protectora frente a la nueva variante.
Aquí pueden encontrarse los resultados de dicho programa durante 2014 y 2015.
Los resultados obtenidos de dicho programa en 2013 avalaron que la nueva variante de la enfermedad afectaba a explotaciones de todo el país produciendo mortalidades y graves pérdidas económicas en aquellas explotaciones afectadas, y que la vacuna comercializada no produce inmunidad protectora frente a esta variante.
En vista de esto, se consideró que existía una situación de emergencia que hizo necesario que se autorizara excepcionalmente la utilización las vacunas frente a la nueva variante debido a situación epizoótica grave, en base al Artículo 29 del Real Decreto 1246/2008.
El objetivo de este protocolo es recoger en un único documento las acciones a llevar a cabo ante la aparición de sintomatología compatible con alguna enfermedad de declaración obligatoria en los conejos silvestres.