Resumen: En este trabajo se estudia el encaje de las distintas figuras de la inscripción de los montes públicos catalogados, que es obligatoria. Para su mejor defensa, en el Registro se inscriben los deslindes de estos montes públicos, con arreglo a unas detalladas normas. Igualmente, cuando se pretende inscribir en el registro alguna finca colindante, el Registrador debe asegurarse de que no se invada el monte público y para ello exige unos determinados requisitos en su defensa. Para fomentar la riqueza forestal, la legislación española concede al Instituto para la Conservación de la Naturaleza unos derechos adquisitivos preferentes cuando se enajenan fincas forestales de determinadas extensiones y estos derechos se articulan a través del Registro de la Propiedad que sirve de insustituible instrumento controlador. Por último, se estudia la interesantísima cuestión de los llamados Montes vecinales en mano común, frecuentes en el Norte de España, haciendo que entren también bajo la protección registral.